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Condenan a dueño de funeraria en San Javier tras falsificar más de 50 certificados de defunción

  • El sujeto usaba -sin consentimiento- talonarios de certificados médicos timbrados con la identificación y datos de su hija de profesión médico.

En laregión del Maule,el dueño de una funeraria ubicada enSan Javierfue condenado a 4 años de cárcelpor el delito consumado defalsificación de instrumento público.

Según antecedentes reunidos por elMinisterio Público, con el objetivo de captar más clientes,Fernando Humberto Morales Luna ofrecía certificados de defuncióna familias de personas fallecidas.

Dentro de las investigaciones se conoció que, para ofertar dicho trámite,usaba talonarios de certificados médicos timbrados con la identificación y datos de su hijade profesión médico.

Así, el sujetofalsificó -en reiteradas oportunidades- causas de muerte de múltiples personas, sin intervención de ningún profesional de la salud que realizara atenciones o exámenes exigidas por ley.

Además,no contaba con el consentimiento de su hija médico. Esto, debido que la profesional ejerce funciones en otra región del país.

Recordemos que esta práctica ilegal implica ungrave peligro para la salud pública con infracción al Código Sanitario, ya que las cartas de defunciones e inhumación se realizancuando se justifica previamente la causa de muerte por el médico que asistió a la personaen su última enfermedad.

Elfiscal jefe de San Javier, Patricio Caroca, comentó que “esta persona, durante los años 2021 y 2022,falsificó más de 50 certificadosde inscripción de defunción del Registro Civil”.

Dueño de una funeraria condenado por falsificación de instrumento público

De esta manera,Morales Luna fue condenado como autor de falsificación reiterada de documentos públicos e infracción también al artículo 318 de las reglas sanitariasen tiempos de pandemia.

“Se logró establecer también queuna de estas falsificaciones correspondía a una persona que había fallecido por Covid-19y que, en consecuencia, el imputado falsificó esta causa de muerte para poder realizar el sepelio respectivo”, explicó el fiscal.

De esta manera, el dueño de la funeraria fue condenado a3 años y un día de presidio, además por por infringir el artículo 318, a541 días de presidio.

Aún así, el tribunal dispuso quepodrá cumplir la pena bajo libertad vigilada, y ademáspagar una multa de 25 UTM. Lo anterior se traduce a un monto aproximado depoco más de un millón y medio de pesos.

Fuente: BiobioChile.cl

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